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Precios y subvenciones

Conforme a los precios máximos y subvenciones del Gobierno de Navarra para VPO de régimen general del año 2009, se indican a continuación los precios de cada vivienda con garaje/trastero.

Las viviendas (tanto las del tipo 1 como las del tipo 2) tendrán una superficie de 89,98 m2 útiles con un garaje/trastero de 39,40 m2 útiles. La aplicación de los precios máximos y subvenciones del Gobierno de Navarra para VPO de régimen general del año 2009 arroja los siguientes resultados:

Nótese que los metros cuadrados de jardín privativo no se pueden tarifar, por lo que la promotora los facilitará gratis a los adquirentes.

Observe también que hay un cierto nivel de ingresos (mayores a 4,5 veces el IPREM) para el que se permite comprar la V.P.O. pero no se da ninguna subvención (sin embargo, las limitaciones de una V.P.O., como por ejemplo el no poder venderla libremente, si que están presentes). Recomendamos informarse de cuál sería la subvención a percibir en el documento de precios máximos y subvenciones de VPO en régimen general para el año 2009.

Además del IVA del 8% (13.272,98 €) que se indica en los precios arriba reflejados, no debe olvidar que existen una serie de gastos asociados con la compra de la vivienda. En concreto, para estas viviendas, los trámites notariales y de inscripción en el Registro de la Propiedad le costarán unos 600 €.

Otro punto importante son los gastos asociados a la constitución de la hipoteca (si decide hacerla). Además del tipo de interés, que es el elemento básico que hará que sus cuotas mensuales sean mayores o menores, existen una serie de comisiones y gastos que deberá analizar con todo detalle para elegir la opción más ventajosa.

La elección de la entidad bancaria con la que formalizar la hipoteca es totalmente libre, y existen dos casos diferentes:

1) Cuando se elige formalizar hipoteca con la misma entidad que ha concedido el préstamo a la promotora para la construcción de las obras, lo que hace el comprador es subrogarse en el préstamo. Subrogarse significa asumir él los mismos derechos y obligaciones que otro tenía en un contrato. Es decir, supóngase que la promotora pide (es un ejemplo) un crédito de 100.000 euros para hacer la vivienda, supongamos que a un 4%; la entidad bancaria lo concede. Si en un momento dado el comprador se subroga, asume los derechos y obligaciones que tenía la promotora: Dispondrá de 100.000 € a un 4% (en el ejemplo planteado).

2) Cuando la hipoteca se formaliza con otra entidad bancaria, el proceso es más complicado, ya que en este caso hay que hacer varias operaciones diferentes: Hay que cancelar el préstamo que tenía la promotora (eso va por cuenta de la promotora), y hay que crear una nueva hipoteca por 100.000 € al 4% (en nuestro supuesto) con otra entidad bancaria. Nótese que en esta ocasión se trata de abrir una nueva hipoteca, por lo que le aplicarán comisiones de apertura, etc., etc. Es decir, en términos generales el proceso será MÁS CARO CON UNA ENTIDAD BANCARIA DISTINTA a la que conceda el crédito a la promotora.

Vigile en su comparación, por consiguiente, los tipos de interés, las comisiones y los costes que asumiría si se subrogara con la entidad del préstamo de la promotora o con cualquier otra entidad bancaria.